sábado, 19 de septiembre de 2009

SE LE DEBE APLICAR AL SECRETARIO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE SALAMANCA

El Supremo castiga la malversación de fondos públicos aunque no haya lucro personal

En un caso similar al de fondos reservados condena a un alcalde por pagar sobresueldos

MANUEL SANCHEZ

MADRID.- «Mal protegidos iban a quedar los caudales o efectos públicos si sólo se castigara este delito cuando el autor tuviera ánimo de quedar beneficiado él mismo en su propia persona, quedándose sin sanción penal cuando la intención fuera el que otras personas fueran las beneficiadas».

Con esta contundente frase, el Tribunal Supremo ha resuelto esta semana un recurso de casación presentado por el ex alcalde socialista de Aguilar de la Frontera (Córdoba), Rafael Leiva, condenado por un delito continuado de malversación de fondos públicos al pagar durante varios años un sobresueldo al equipo de fontaneros de la localidad, entre los que se encontraba el concejal delegado de Protocolo, Antonio Aranque, también condenado.

El ex alcalde lograba los fondos de una asignación presupuestaria creada en 1987 para una empresa de aguas municipales que no existía.

Enriquecimiento personal

Esta resolución del Tribunal Supremo, que como todas sienta jurisprudencia, cobra especial interés cuando hace apenas dos semanas se ha conocido el auto de la juez instructora del caso fondos reservados, que prepara el camino para la vista oral, en el que a todos los imputados se los acusa de un delito de malversación de fondos públicos.

Aunque hay sensibles diferencias entre ambas causas -una muy relevante es que, en el caso del alcalde, la malversación asciende a 6,5 millones y en el caso de los fondos reservados podría ser de miles de millones- lo cierto es que el Supremo sienta las bases en la resolución de este recurso del delito de malversación de autoridad o funcionario público.

Así, cuando el alcalde alega que no hubo enriquecimiento personal -como han expuesto en reiteradas ocasiones las defensas de los ex ministros José Barrionuevo y José Luis Corcuera-, el Supremo afirma: «La figura de la malversación no exige como elemento del tipo delictivo el lucro personal del funcionario (o autoridad) sustractor, sino su actuación con ánimo de lucro, que existe aunque la intención de lucrar se refiera al beneficio de un tercero».

Por ello, llega a considerar el tribunal hasta innecesario la investigación patrimonial del imputado -en este caso, el ex alcalde- para comprobar el incremento de su patrimonio, puesto que la sentencia considera probado que participó en la sustracción de dinero del Ayuntamiento destinado al concejal.

El Supremo entiende, según informa Europa Press, que la Audiencia Provincial de Córdoba que impuso al ex alcalde y al ex concejal 4 años y 6 meses de cárcel -pena que el Supremo ha reducido a 3 años por la escasa cuantía de lo malversado-, «condenó correctamente a Rafael Leiva porque realizó una indebida sustracción de caudales públicos que, por su conducta dolosa, salieron de las arcas públicas para pasar al poder de unos particulares, un concejal y dos fontaneros, que cobraron más de lo que les estaba permitido, precisamente por estas maniobras intencionadas».

Por acción u omisión

Y añade el Supremo. «La malversación se aplica para aquellos funcionarios públicos que disponen de caudales o efectos públicos, y que por cuya acción u omisión consienten en la sustracción o en el consentimiento de que otro sustraiga».

Esta argumentación del alto tribunal también tiene gran importancia de cara al caso de los fondos reservados, ya que otro argumento de las defensas es que algunos altos responsables del Ministerio del Interior no controlaban directamente los fondos reservados ni las cuentas en las que estaban depositados.

El hecho de que el Supremo establezca que la malversación puede darse por «acción u omisión» también será otra polémica que, a buen seguro, será utilizada por las partes implicadas en este proceso, al igual que gran parte del contenido de esta resolución.

lunes, 7 de septiembre de 2009

UNOS DELINCUENTES ME ROBARON MI PUESTO DE TRABAJO

UNOS DELINCUENTES ME ROBARON MI PUESTO DE TRABAJO

Yo no le puedo echar la culpa de mi crisis a ZP como mucha gente se empeña erróneamente en manifestar. Mi caso no es el de una empresa de construcción que quiebra solo se asemeja a estas en los ineptos y especuladores que las dirigen.

Me hicieron la vida imposible durante cinco años. Tuve que acudir al Juzgado en ocho ocasiones de las que en seis me dieron la razón, en una de las sentencias que no me dieron la razón se me remite al orden contencioso administrativo donde tengo en la actualidad dos casos abiertos y la otra denuncia por vacaciones la pierdo porque la Juez no le queda más remedio que creerse las mentiras que estos sujetos le cuentan.

Al final me echan, de la Cámara al conocer que había interpuesto una denuncia en el Juzgado de guardia de Salamanca en la que denunciaba unos hechos presuntamente delictivos como malversación de fondos públicos tráfico de influencias además de otras actuaciones presuntamente delictivas (ES DECIR POR CORRUPCION).

Las Cámaras de Comercio al igual que sus trabajadores se rigen por la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y navegación, esta ley establece que las Cámaras de Comercio son Corporaciones de derecho público y concede a los trabajadores unos derechos añadidos por los cuales no pueden ser despedidos mediante cualquier modalidad de despido objetivo, igualmente existe numerosa Jurisprudencia del Tribunal Supremo que reconoce este derecho.

Aún así estos impresentables escudándose en que forman parte del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio y presumiblemente engañando al Pleno que de forma ilegal ha delegado todas sus funciones en esta banda de mafiosos que solo persiguen su provecho me despiden alegando la más grave difamación, e injuria que todavía esta impune como es la causa de ineptitud y consiguen que por la dejadez u otras cosas que no creo haga falta mencionar que la Justicia cayendo en su burda trampa se exima de conceder el despido nulo, todo ello a pesar de que el Juzgado Nº 1 de Salamanca ha reconocido que no hay tal ineptitud y declara el despido improcedente.

En esta sentencia se omite la aplicación de la Ley de Cámaras y el Estatuto Básico del empleado Público (personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas) no tiene la valentía de declarar el despido nulo e incluso si lo declara improcedente al tratarse de una Administración Pública y no de una empresa en aplicación del EBEP la única opción que cabe aplicar es la readmisión inmediata.

Igualmente el Tribunal Supremo que en un auto se exime de hacer justicia inventándose que el despido es objetivo e improcedente cuando la objetividad no ha sido probada y a otros trabajadores se les ha reconocido la nulidad en mi mismo caso (Cámara de Valencia) con lo que se está alargando mi lucha, pues no me daré por vencida hasta que este atajo de manipuladores y corruptos paguen por sus delitos.

¿Por qué me han despedido sino se cumplen las condiciones para despido objetivo y no soy inepta? Cada uno puede pensar lo que quiera, pero lo cierto es que porque he denunciado sus actividades manipuladoras y mafiosas.

Eso sí, ellos no dudan en machacar al comerciante o empresario que osa no pagar el recurso cameral permanente denominado en algunos foros impuesto revolucionario por ser obligatorio y no servir para nada, enseguida acuden a la Ley para cobrar.

Mi denuncia sigue adelante y el próximo 18 de Septiembre empezará a declarar el Secretario General de la Cámara que lo hará en calidad de imputado por sus actuaciones y las de sus secuaces, que los que las conocemos estamos deseando se haga justicia, pues ya basta de engañar a la Administración, malgastando el dinero público en despidos improcedentes, comilonas, coches, contratación de amiguetes que no hacen nada solo encubrir a los corruptos, etc.

En estos tiempos de crisis que vivimos en vez de conceder subvenciones a estos malversadores se le deben dar a la gente que puede generar empleo y riqueza estos solo la generan para sus bolsillos y sus festejos.

MTGF

sábado, 5 de septiembre de 2009

IMPUTADO EL SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA DE COMERCIO DE SALAMANCA

EL DIA 18 DE SEPTIEMBRE DE 2009 A LAS 9,30 HORAS DECLARARÁ COMO IMPUTADO EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO 4 DE SALAMANCA EL SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA DE COMERCIO DE SALAMANCA GABRIEL HORTAL CASTAÑO POR LA DENUNCIA DE POSIBLES HECHOS DELICTIVOS QUE SE VIENEN DESARROLLANDO DESDE HACE VARIOS AÑOS.

Por esta causa ya han pasado a declarar varios testigos después de la interposición de la denuncia en mayo de 2006 por parte de la que fuera Delegada de personal de la entidad María Teresa García Flores que fue despedida en diciembre de 2007 después de conocer los manipuladores de la Cámara la existencia de su denuncia. EL DESPIDO FUE DECLARADO IMPROCEDENTE.

Es bastante conocido en Salamanca que la entidad cameral sufría precariedad económica como reconocía su Presidente José Luis Zarza en su discurso de la Gala del Comercio, y en la Prensa Salmantina donde se podía leer el viernes 28 de marzo de 2003 la Cámara de Comercio cierra 2002 con un déficit de 216000 euros.

Sin embargo e incongruentemente los manipuladores de la misma (Secretario Presidente, Director y Comité Ejecutivo, por delegación del Pleno) han estado malgastando dinero público presuntamente obtenido engañando a la Administración Pública para conseguir subvenciones y con el impuesto obligatorio recurso cameral permanente en acciones sospechosas, entre las que podemos enumerar siguiendo un orden cronológico las siguientes:

- Despido de la empleada más antigua de la entidad previo pago de 15 millones de las antiguas pesetas para los que piden un crédito a Caja Duero y que la Junta de Castilla y León (Administración tutelante) no autoriza.

- Se contrata un Director que permanece en la Cámara poco más de un año, que no hace nada y que supone unos gastos de más de 200000 euros.

- Imposición del Convenio de Oficinas y despachos a los trabajadores de la Entidad que antes se regían por un Reglamento de personal. Se aplica de forma desigual y hay trabajadores a los que se les regala un plus por puesto de trabajo entre ellos el Secretario General que ya tenía otro a mayores, y después se hará extensivo al contable recién contratado.

- Comienzan a despedir a los trabajadores con más antigüedad para meter amiguitos, pues los primeros se constituyen en testigos molestos y los segundos les aseguraran su impunidad, y serán fieles súbditos. Los despidos se realizan de forma improcedente y suponen cerca de 300000 euros.

- Se contrata a un contable a pesar de tener la contabilidad subcontratada con una empresa externa, y un trabajador que realizaba parte de ella.

- Se contrata a un sujeto para que ejecute los despidos que después convierten en Director a pesar de ser un acosador y un inepto por sus proezas cobra mas de 3000 euros al mes.

- Se compran un Audi A6 cuyo valor supera los 60000 euros y contratan un chofer, en él, se paseaban Zarza y los de Confaes.

- Las comilonas en los festejos o después de los plenos aumentan considerablemente.

- La sociedad vinculada a la Cámara que llaman Cyticesa es toda una incógnita porque no se sabe donde van a parar los beneficios que genera, ni la actividad que en ella se desarrolla, se solicitó en la denuncia que fuera investigada a fondo por las autoridades.

SI LA CAMARA SE ENCUENTRA EN SITUACION PRECARIA DE DONDE SACAN EL DINERO ¿SUBVENCIONES?

Estas acciones son conocidas por muchos Empresarios y Comerciantes de Salamanca que se encuentran muy molestos de tener que pagar el impuesto obligatorio que saben no redunda ningún tipo de beneficio para ellos y ven como lo malgastan estos presuntos delincuentes.

Desean se haga justicia al igual que los trabajadores despedidos de forma improcedente que han visto como estos corruptos les han robado sus puestos de trabajo.

¡Cuánta gente por menos está en la cárcel!